Pais:   Chile
Región:   Metropolitana de Santiago
Fecha:   2019-03-28
Tipo:   Prensa Escrita
Página(s):   C4
Sección:   NACIONAL
Centimetraje:   41x27

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Celestino Aós asumió la Administración Apostólica el 23 de marzo. Cristian Carvallo

Declaración El abogado de la causa, Juan Pablo Hermosilla, y los denunciantes James Hamilton, Juan Andrés Murillo y Juan Carlos Cruz (videoconferencia) esperan que 'por fin las víctimas sientan que pueden recibir la acogida que merecen'.
El Mercurio
Fallo unánime de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió demanda, que había sido rechazada por juez Muñoz:
Arzobispado debe indemnizar con $300 millones a denunciantes de Karadima y no irá a Suprema
Tampoco lo harán los denunciantes. La sentencia establece que la Iglesia incurrió en 'actos u omisiones negligentes culposos', pero que un encubrimiento de carácter penal debe revisarse en otra sede.
El sábado recién pasado, el Papa Francisco aceptó la renuncia del ahora arzobispo emérito de Santiago Ricardo Ezzati, a quien la fiscalía investiga por el eventual encubrimiento de abusos sexuales cometidos por sacerdotes. Ayer, cuatro días después, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió de manera unánime la demanda de los tres denunciantes de Fernando Karadima —James Hamilton, Juan Carlos Cruz y José Andrés Murillo— contra el Arzobispado de Santiago y les otorgó una indemnización que suma $300 millones. Pedían una reparación de $450 millones, sin embargo, no recurrirán al máximo tribunal y tampoco lo hará el Arzobispado. La sentencia dejó conforme a ambas partes.

'Nos hemos enterado del fallo que condena a la Iglesia Católica chilena a indemnizarnos por delitos civiles de encubrimiento de los abusos cometidos por el exsacerdote Karadima', leyó Hamilton en nombre de los tres durante una conferencia de prensa (ver recuadro). Mientras que el Arzobispado, mediante una comunicación pública, manifestó su 'conformidad con el fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Santiago' y afirmó que 'confía en que esta sentencia contribuya al proceso de reparación del dolor sufrido por las víctimas de Fernando Karadima'.

Relación causal en el daño

Una de las primeras conclusiones a las que arriban los ministros Miguel Vázquez, Javier Moya y el abogado integrante Jaime Guerrero es que 'la Iglesia conocía de las denuncias, al menos desde el año 2003, que el año 2006 ordenó paralizar la investigación y la retomó solo al año 2009, que decidió mantener el libre ejercicio sacerdotal de Karadima y, finalmente, que no prestó amparo y auxilio alguno a los demandantes de autos, sino una vez que los hechos se hicieron públicos y notorios'.

Y como segundo punto, que hubo una 'relación causal entre el hecho propio del actuar de la Iglesia y el daño provocado a las víctimas', porque —agrega— 'de haberse actuado con la debida diligencia (...) las consecuencias perniciosas de los abusos y del abandono en que quedaron se hubieran visto aminoradas y no amplificadas como en la realidad ocurrió y resultó establecido al ponderar las pruebas que obran en el proceso (...) con su desidia mantuvo en la impunidad al abusador'.

El informe y las cartas del Papa

Los jueces tuvieron en especial consideración un informe psicológico, de 2015, anexado al expediente, que es 'suficiente para formar convencimiento' respecto de que 'la negligencia en la investigación del abuso que se hizo desde las instancias oficiales de la Iglesia Católica tuvo gran impacto sobre las víctimas cuando las autoridades institucionales descartaron la denuncia en lugar de considerar la posibilidad de examinar si tenía algún elemento de verdad, protegiendo con su inactividad a los abusadores como si ellos fueran víctimas de una infamia'.

También mencionan dos comunicaciones del Papá Francisco: 'El Santo Padre tuvo duros epítetos llegando a afirmar públicamente que había una cultura de encubrimiento'. Una de ellas, la carta al pueblo de Dios que peregrina en Chile del 31 de mayo de 2018 y, la otra, la carta a los Obispos de Chile del 8 de abril del mismo año, en las que menciona la visita de su enviado Charles Scicluna, el informe que recibió y sus posteriores reuniones con denunciantes locales, expresando —entre otras cosas— 'el ‘nunca más' a la cultura del abuso, así como al sistema de encubrimiento'.

Un encubrimiento civil, según la Corte

La acepción de la palabra encubrimiento que toman los demandantes, explica la Corte, respecto del comportamiento de los cardenales Francisco Javier Errázuriz y Ricardo Ezzati y de otras autoridades eclesiásticas, es 'hacerse responsable de encubrimiento de un delito'. Pero en términos penales el encubrimiento está tratado en el Código Penal como una forma de participación criminal, con posterioridad a la comisión de un ilícito penal' y esa norma exige modos de intervención respecto de los que 'no hay antecedentes suficientes en esta causa'.

'La determinación de esta manera de intervenir en un delito debe ser resuelta en la sede penal correspondiente', dicen los jueces, recordando que en la causa que se instruyó por la ministra Jéssica González se determinó la autoría de Karadima en los abusos denunciados, aunque debió ser sobreseída por prescripción, 'por lo que los actos de encubrimiento, de haber existido, siguen su misma suerte'

Por ello, en opinión de la Corte 'los hechos por los cuales se ha demostrado la responsabilidad de la demandada (la Iglesia) solo alcanzan a actos u omisiones negligentes culposos'.

Recuadro
Si bien no es un motivo de alegría, sí estamos conformes. Ha sido un largo tiempo, más de 20 años, en los que de distintas maneras hemos buscado justicia y reparación'.

José Andrés Murillo

Denunciante de Karadima

Esto es algo bien histórico para el mundo porque no solo se reconoce que son garantes (la Iglesia), sino que también se reconoce una estructura de encubrimiento'.

James Hamilton

Denunciante de Karadima

Yo me comuniqué con ellos (con los denunciantes). En cuanto yo pueda (…) me voy a reunir con ellos y con su colaboración también queremos hacer un camino de verdad'.

Celestino Aós

Administrador Apostólico de Santiago

Yo no tengo nada que ver ahora porque no soy el arzobispo, y la acusación era contra el Arzobispado de Santiago (...) y si las víctimas están de acuerdo con eso, (el fallo) se ejecutará'.

Ricardo Ezzati

Cardenal

Las palabras de Ezzati son absolutamente irrelevantes en este día, que es un día para las víctimas, para tanta gente que ha sufrido, y de reconocimiento'.

Juan Carlos Cruz

Denunciante de Karadima

'Las autoridades institucionales descartaron la denuncia en lugar de considerar la posibilidad de examinar si tenía algún elemento de verdad, protegiendo con su inactividad a los abusadores como si ellos fueran víctimas de una infamia'.

'Las omisiones y errores de la cúpula de la Iglesia Católica (...) demuestran que la demandada ha sido negligente en su proceder en términos tales que pueden ser calificados como propios de un encubrimiento que da origen a la configuración de un ilícito civil'.

Fallo Corte de Apelaciones de Santiago

Víctimas destacan que se trata de un 'fallo histórico'



'Si bien no es un motivo de alegría, sí estamos conformes. Ha sido un largo tiempo, más de 20 años, en los que de distintas maneras hemos buscado justicia y reparación'.

Así, José Andrés Murillo valoró el fallo de la Corte de Apelaciones mediante un comunicado que emitió con James Hamilton y Juan Carlos Cruz (este último presente por videollamada), en una conferencia realizada en la Fundación para la Confianza.

Añadió que celebraban la decisión 'no tanto por nosotros, sino porque sabemos que la justicia es la única manera de garantizar que este tipo de crímenes no vuelvan a ocurrir'.

A su lado, Hamilton dijo que 'este fallo, como deja precedente, tiene el efecto de que cualquier víctima va a poder alegar contra el abusador, pero también contra la Iglesia como garante'. Agregó que 'es histórico para el mundo porque no solo se reconoce que son garantes, sino que también se reconoce una estructura de encubrimiento y eso en otras partes del mundo recién se está considerando'.

El abogado Juan Pablo Hermosilla, representante de las tres víctimas, sostuvo que la Corte no considera un encubrimiento penal porque 'las negligencias, acciones y omisiones dan acción de un encubrimiento civil y hay que recordar que esta es una demanda civil'.

Sobre la acción reparatoria de $300 millones, Hamilton comentó que la reciben con satisfacción debido a los gastos asociados a los abusos y a que hay 'un porcentaje que también le queremos dar a la fundación'.

Los denunciantes agradecieron al nuevo administrador apostólico de Santiago, Celestino Aós, quien no apelará.

Ayer, luego de conocer el fallo, el encargado de la sede vacante señaló que la Corte 'dice que hubo actos u omisiones negligentes; tenemos que reconocer —primero— que hubo abusos; segundo, que en el trato que se dio a las víctimas de esos abusos cometimos errores; y por eso les pedimos a ellos y a toda la comunidad cristiana el reconocimiento, perdón y ayuda para que no se vuelva a repetir más. Reconocemos que hubo errores, que indudablemente hicieron sufrir a las personas, eso es evidente, el fallo lo dice. Nosotros lo reconocemos y por eso lo acatamos'.

Aós sostuvo que 'la resolución de no apelar está estudiada por los abogados, pero también responde de alguna manera a la mentalidad y a lo que ha expresado el Santo Padre para llegar a una solución en este caso'.
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A. Chaparro, M. Hernández y C. SÁNCHEZ -